Más concretamente, con nuestra cobertura de incendio quedan cubiertos los daños que sufra tu furgoneta derivados de combustión, abrasamiento, explosión o caída de rayo en la misma. Además, si los hubiera, dentro de esta cobertura incluimos también los daños ocasionados por el fuego en los accesorios que no sean de serie que incluya tu vehículo (hasta 500 €), los daños en el equipaje (hasta 300€) y las tasas de los bomberos en caso de asistencia de los mismos.
Cuando tu furgoneta tenga menos de 2 años de antigüedad y el coste de la reparación sea inferior al valor a nuevo del mismo (esto es, el valor de compra actual), o cuando este tenga más de 2 años y el coste de la reparación no supere el valor venal del mismo (esto es, lo que valía antes del incendio), se cubre la reparación de los daños.
- El equivalente al valor a nuevo de tu furgoneta si esta tiene una antigüedad de menos de 24 meses.
- El equivalente al valor venal mejorado en un 30% si tu furgoneta tiene más de 24 meses (2 años) de antigüedad.
Nota: recuerda que la antigüedad de la furgoneta considerada en el texto es la contada desde la primera fecha de matriculación (no desde la fecha de compra del vehículo).
Puedes consultar todas las condiciones y límites de la cobertura de incendios de nuestro seguro de furgonetas en las condiciones generales y particulares de tu seguro, disponibles en el apartado Documentación.