- Se cubre la cuantía de las indemnizaciones cuando esta fuese fijada con un límite superior al legal máximo que queda cubierto por el seguro de responsabilidad obligatorio, siendo de una cuantía de hasta 50.000.000 €.
- Se cubren los daños causados a un tercero por uso de remolques y/o caravanas con peso inferior a 750 kilos y con matrícula idéntica al vehículo y enganche de este (debe ir enganchado al vehículo en el momento del accidente).
Para más información sobre los límites y requisitos de los casos anteriores consulta las condiciones particulares y generales.